Solo pueden erradicarse árboles de la vía pública con autorización municipal. El costo de la erradicación es a cuenta del solicitante.
Fotocopia del DNI del solicitante. Nomenclatura Catastral del inmueble. Croquis de la ubicación. Fotografías del árbol. Motivos para la erradicación.
Ley Provincial N° 284 L
Si necesitas ayuda para conocer la nomenclatura podés entrar acá.
El trámite se inicia en la Mesa de Entradas General en el Palacio Municipal y luego se envía a la Dirección de Ambiente para su dictámen.